Tras la polémica ocasionada por las declaraciones de Lucía Topolansky sobre los juicios a militares de la última dictadura y pese a que Madres y Familiares cuestionó esos dichos en un comunicado, comenzó a circular en grupos que promueven la liberación de los militares un nuevo posteo que simula ser una publicación del diario El País y que atribuye falsamente a Ignacio Errandonea, integrante de dicha organización, la afirmación de que “los testigos falsos en su momento fueron necesarios para nuestra causa”.
Esta nueva imagen falsa comenzó a circular luego de que Topolansky afirmara, en el libro Los indomables, de Pablo Cohen, tener conocimiento de supuestos “testimonios falsos” de testigos en causas contra militares por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura, lo que le valió las críticas, entre otros, de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos.
Las declaraciones de Topolansky fueron tomadas como válidas por usuarios de redes sociales afines a las Fuerzas Armadas, quienes reclamaron la revisión de las causas y la liberación de los privados de libertad en la cárcel de Domingo Arena, a quienes definen como “presos políticos”. Este debate coincidió con el procesamiento con prisión de tres militares por secuestro y tortura de al menos 39 adolescentes en el departamento de Treinta y Tres.
Esta supuesta declaración de Errandonea, que nunca existió, también fue desmentida por AFP Factual y tuvo su origen en la red social X, desde donde migró a grupos de Facebook afines a Gustavo Zubía, Cabildo Abierto, el Ejército y la coalición multicolor. Según comprobó la diaria Verifica, la plataforma de Meta censuró la publicación por certificar que lo señalado allí es falso y agregó un mensaje de advertencia a los usuarios.
En el caso de Facebook, la publicación estuvo acompañada por un texto que afirma que Errandonea habría cobrado 250.000 dólares y recibiría una pensión especial reparatoria (PER) otorgada por el Estado por ser familiar directo de un detenido desaparecido, una falsedad recurrente en este tipo de posteos.
Sin embargo, el resarcimiento establecido en el artículo 11 de la Ley 18.596 para familiares de detenidos desaparecidos es de 500.000 unidades indexadas (unos 68.000 dólares al cambio actual) por única vez a repartirse entre los integrantes de la familia. Esta partida es la mitad que la otorgada por el artículo 2 de la Ley 20.193.%20B) para familiares de “víctimas de grupos políticos organizados y armados”. Por otra parte, la PER es una pensión reparatoria solamente otorgada a personas que hayan sido procesadas por la Justicia civil o militar y, en consecuencia, detenidas. El artículo 11 de la Ley 18.033 establece un pago mensual de 8,5 BPC, equivalente a 52.504 pesos, muy inferior a la cifra mencionada en la publicación.
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