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Manifestación frente al centro de detención Delaney Hall, donde el ICE mantiene detenidos a migrantes de varios países, el 4 de agosto, en Nueva Jersey, Estados Unidos. · Foto: Spencer Platt, Getty Images, AFP

Manifestación frente al centro de detención Delaney Hall, donde el ICE mantiene detenidos a migrantes de varios países, el 4 de agosto, en Nueva Jersey, Estados Unidos.

Foto: Spencer Platt, Getty Images, AFP

Tercerización de las migraciones: ¿cómo opera la política migratoria del gobierno de Donald Trump que ahora se discute en Uruguay?

La noticia sobre las conversaciones diplomáticas respecto de la posibilidad de recibir migrantes deportados de Estados Unidos dio pie al debate en torno a las características y la validez de dichos tipos de acuerdos.

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Primero el The New York Times informó que el Ministerio de Relaciones Exteriores se encontraba negociando con el gobierno estadounidense en torno a la posibilidad de que nuestro país recibiera deportados cubanos, luego el canciller Mario Lubetkin dijo que la cartera que preside no había recibido “ninguna propuesta definitiva” al respecto y que se trataba solo de “un diálogo abierto”. Poco después, sin embargo, el semanario Búsqueda informó y la diaria confirmó este jueves que las autoridades estadounidenses habrían entregado una propuesta a la cartera en julio en la que se habla también de deportaciones de uruguayos y reunificación familiar.

Mientras siguen las idas y vueltas, funcionarios del gobierno admitieron que se reunirán y debatirán el asunto en el Consejo de Ministros. Los reparos expresados por diferentes actores abren múltiples interrogantes en torno a este tipo de acuerdos, pasando de su contenido a su validez jurídica, así como a la condición y el estatus de las personas deportadas.

¿En qué consisten los acuerdos?

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) circunscribe los acuerdos en una serie de convenios denominados Acuerdos de Tercer País Seguro y Acuerdos de Cooperación de Asilo. Estos se sirven de una disposición incluida en la legislación federal del país del norte, que habilita la remoción de inmigrantes y solicitantes de asilo a un tercer país en casos en que su retorno a aquel país de origen o residencia sea “impracticable, desaconsejable o imposible”.

Su uso ha sido criticado por organizaciones internacionales como Amnistía Internacional, que sostiene que puede llevar a la vulneración de los derechos de las personas y que el recurso no respeta el derecho al debido proceso. Al respecto, existe una demanda en curso en Estados Unidos que busca prevenir la modalidad de deportación ante la imposibilidad de impugnar la decisión mediante audiencia previa, con base en el temor a una posible vulneración de derechos en el país de destino. El caso derivó en una orden judicial de suspensión temporal del mecanismo, que fue revertida por la Suprema Corte de Justicia estadounidense, decisión que atraviesa un proceso de apelación en la actualidad.

Igualmente, y de acuerdo con Third Country Deportation Watch (TCDW), un proyecto conjunto entre las organizaciones Refugees International y Human Rights First que efectúa un seguimiento de las deportaciones hacia terceros países, hay otro tipo de instrumentos de los que se sirve Estados Unidos para llevarlas a cabo. Entre ellos, “disposiciones para encarcelar a personas trasladadas por la fuerza en prisiones”, “arreglos para el traslado temporal antes del retorno al país de origen” y “otros tipos de arreglos que pueden incluir la detención, el traslado posterior y/o la permanencia en el país”. Incluso reconoce un grupo de países para los que aún no es posible esclarecer la naturaleza de los acuerdos.

¿Con quiénes concreta los traslados el gobierno de Donald Trump?

Según cifras de TCDW, en lo que va del segundo mandato de Donald Trump, el gobierno de Estados Unidos concretó más de 22.000 deportaciones a 40 países con los que mantiene algún acuerdo, y que se distribuyen entre América Latina y el Caribe, África, Asia y Europa Central.

En ese sentido, un informe de Human Rights First recoge que la región que más vuelos de transferencia de personas deportadas vio desde que comenzó el mandato de Trump –sin contar el movimiento de personas a través de fronteras terrestres– a finales de enero del año pasado fue América Latina y el Caribe, que acumuló el 47,9% de los viajes totales: 35 de 73 vuelos contabilizados.

Asimismo, y en términos nominales, los datos recabados por TCDW arrojan que la mayor carga migratoria la afrontó México, con alrededor de 19.000 deportados recibidos. Ese número supera ampliamente al de su inmediato perseguidor, Guatemala, con más de 1.500 casos, y que a su vez más que triplica al siguiente país en Costa Rica, con 290.

En Sudamérica solo dos países rubricaron un acuerdo con el gobierno de Trump: Paraguay, que hasta el momento recibió cuatro vuelos que transportaban al menos 38 personas nacidas en países hispanohablantes, y Ecuador, que empezó a recibir deportados a mediados de enero de este año. En el caso de este último, la organización recoge que “la transferencia forzada de solicitantes de asilo [...] está en curso, pero el número de personas transferidas es desconocido”.

¿Quiénes son deportados?

TCDW no ahonda en la población total de personas deportadas, sino que provee datos sobre viajes puntuales efectuados a diferentes países en la medida de lo posible, por lo que no contiene información sobre la composición del grupo en su totalidad. Entre las nacionalidades de las que se tiene registro como parte de diferentes vuelos de transporte, destacan países de Centroamérica –como Nicaragua, El Salvador y Guatemala–, el Caribe –Haití y Cuba– y Sudamérica –Colombia, Brasil y Venezuela–, aunque también se observan países de Europa y África.

Uno de los argumentos esgrimidos por las autoridades del gobierno estadounidense versa en torno a un presunto perfil criminal de las personas capturadas por las agencias de seguridad, como el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, dependientes del DHS, que adoptó la etiqueta “worst of the worst” –en español, lo peor de lo peor– como parte del proceso de promoción de las campañas de detención de inmigrantes ilegales.

Sin embargo, y según el proyecto TRAC Immigration, hacia principios de julio de este año 46.436 de las 65.765 personas detenidas por el ICE no contaban con una condena penal: del total, 31% esperaban por un cargo, mientras que 40% no tenían cargos establecidos o pendientes de ningún tipo previo a su aprehensión. Añade también que “muchos de los condenados cometieron solamente delitos menores”, como infracciones de tránsito, aunque no proporciona cifras al respecto.

¿Cuál es la experiencia de Uruguay en materia migratoria y cómo se proyecta un potencial acuerdo dentro de ella?

Consultada sobre este tema, la directora de la División de Protección Social para Personas Migrantes, Solicitantes de Asilo y Refugiadas del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) e integrante de la Junta Nacional de Migraciones, Valeria España, sostuvo en diálogo con la diaria Verifica que experiencias como las descritas no se condicen con la política migratoria que mantiene nuestro país. “Cualquier tipo de respuesta que pudiéramos dar sería más por un motivo de un acuerdo político diplomático”, remarcó.

La directora reparó en que las consecuencias de la política migratoria del gobierno de Trump ya afectan a nuestro país, que recibe personas de nacionalidad uruguaya deportadas de Estados Unidos y que atraviesan “situaciones extremadamente traumáticas”, aunque no pudo precisar una cifra exacta. Este medio consultó con fuentes de la cancillería uruguaya a modo de precisar la magnitud del fenómeno, pero no obtuvo respuesta.

Según el último censo, entre 2012 y 2023, 64.618 personas migrantes ingresaron a nuestro país. En tanto, entre enero y diciembre del año pasado, el Mides atendió a unas 22.059 personas migrantes: esto supone el 10,5% de las atenciones brindadas por el ministerio en dicho período. “Tenemos una larga lista para trabajar, en la cual estamos inmersas para poder resolverlo, pero, obviamente, este tipo de negociaciones no contribuirían para nada y, al contrario, enrarecerían un proceso que Uruguay está haciendo y que es un recorrido necesario”, sostuvo España, y consideró que el país tiene “la posibilidad de tener una mejor política” en materia migratoria.

La jerarca apuntó a la incompatibilidad entre “la propuesta que está desarrollando Estados Unidos con terceros países en diferentes regiones” y los principios establecidos por el marco institucional y normativo vigente en Uruguay –la ley de migraciones–, que “establece que existen diferentes tipos de mecanismos de protección de los derechos de las personas migrantes”.

“Por ese lado nosotros no tenemos un marco de actuación”, explicitó la jerarca sobre el mecanismo del que se sirve el país del norte, y puntualizó las diferencias entre las situaciones de personas deportadas con otras que son “sujetos de protección internacional”, como los solicitantes de asilo, para los que Uruguay sí cuenta con normativas. Según explicó, estas se basan en supuestos que no se ajustan al modelo del gobierno de Trump, cuyas deportaciones desembocan en un vínculo forzado con el país que las recibe.

Indicó asimismo que este marco se vincula con una serie de convenciones y recomendaciones internacionales a las que adhiere Uruguay y comprenden una “armadura jurídica”, cuya existencia “la administración de Trump cuestiona”. Dijo que, en su lugar, la política de “imposición de personas deportadas” llevada adelante por su gobierno “tiene que ver más con una lógica de ampliar una respuesta institucional basada en la violencia” y advirtió que, en ese sentido, la posibilidad de que nuestro país se preste a ello “sería incursionar en un proceso que se aleja frontalmente de los derechos fundamentales”.

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