Actividad económica
La primera vez
La nueva carta orgánica del BROU incorporó una disposición que en la anterior no existía. Se trata de la posibilidad de que “personas relativamente incapaces” puedan abrir una cuenta bancaria por sí mismos. Esos “relativamente incapaces” no son otros que “niños, niñas, adolescentes y púberes”, según lo que establece la norma que rige la actividad del banco. A partir de su entrada en vigencia se le da la potestad a la entidad bancaria para dar la oportunidad a menores de edad de depositar y retirar dinero e imposibilita que sus representantes legales retiren los fondos sin su consentimiento.