Más de un cuarto de las playas del mundo están bajo seria amenaza. Las causas de esto, según la comunidad científica, son la invasión del desarrollo urbano, recreativo e industrial desde la tierra, y el aumento del nivel del mar desde el océano. Costa Azul no es la excepción.
Hace aproximadamente dos años un conflicto socioambiental comenzó a germinar en Costa Azul. Vecinos y vecinas del balneario no tenían acceso a la costa debido a una obra impulsada por la Intendencia de Rocha. La intervención consistía en una especie de muro construido con geotubos y piedras en la playa, y fue definida por la comuna como “la primera obra contra el cambio climático” realizada en nuestro país.
Su objetivo era impedir que el avance del mar dañara las casas y un hotel ubicados en la primera línea de cota. Con un costo de aproximadamente un millón de dólares, las autoridades municipales de Rocha dijeron que ese pequeño sector de vecinos favorecidos serían los encargados de financiar el costo mediante la contribución inmobiliaria en un horizonte de 30 años.
Los vecinos y vecinas afectados por el muro se organizaron, exigieron información a las autoridades del Ministerio de Ambiente y la Intendencia de Rocha, consultaron al Centro Universitario Regional Este (CURE) de la Universidad de la República para saber su opinión de la iniciativa, y también le pusieron un nombre al grupo: Vecinos en Defensa de Nuestra Playa. En paralelo, algunos dueños de las casas ubicadas en la primera línea extendieron sus predios hasta tomar el espacio público −por ejemplo, construyendo jardines, colocando decks de madera− e incluso creando sus propias playas privadas mediante la colocación de cercos. El grupo de vecinos continuó presentando denuncias ante el Ministerio de Ambiente.
Daniel de Álava y Leandro Bergamino, investigadores del Departamento Interdisciplinario de Sistemas Costeros y Marinos del CURE, elaboraron un informe en el que proponen medidas para reducir las presiones que históricamente ha recibido este valioso ecosistema de Costa Azul. Además, enfatizaron que el camino no es el endurecimiento de la costa, como lo hace esta obra. Cabe resaltar que, en 2020, habían alertado a las autoridades del Ministerio de Ambiente sobre la degradación de esta zona, y se encargaron de recopilar información de la dinámica y funcionamiento del sistema costero en el arco de playa La Aguada-La Pedrera. A su vez, un informe técnico del Departamento de Gestión Costera y Marina del Ministerio de Ambiente −también fechado en 2020−, recomendaba relocalizar las construcciones ubicadas en la faja costera del balneario y apostar por la restauración del sistema con la colocación de cercas captoras de arena, la revegetación con plantas psamófilas, el ordenamiento de las bajadas a la playa y otras medidas. Si bien no se priorizó esta visión, el informe dejó plasmado que la discusión sobre si optar por una obra dura para preservar las casas o obras blandas para preservar la playa también estuvo presente dentro de la cartera.
A tribunales
A comienzos de este año, un grupo de más de 50 vecinos y vecinas presentaron una demanda contra el Ministerio de Ambiente y la Intendencia de Rocha por la obra. Carolina Neme es su abogada, y tiene una especialización en temáticas ambientales. Junto con su equipo, además, presentaron una medida cautelar de no innovar con el objetivo de “conservar la situación tal cual se encuentra hoy en día para que, a futuro, cuando se dicte la sentencia del proceso principal [la demanda], pueda ejecutarse de forma satisfactoria”. Es decir, piden la detención de la obra, junto con la prohibición de realizar nuevas intervenciones, movimientos de suelo, obstrucciones de acceso público o cualquier tipo de ocupación que implique un avance sobre la faja costera. También se solicita que la medida se mantenga hasta que se cumpla uno de los pedidos que realizaron en el proceso principal: que la Intendencia de Rocha realice un plan de ordenamiento territorial en el balneario con la participación de la academia y vecinos, como determina la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Asimismo, en la demanda afirman que la autorización que concedió el Ministerio de Ambiente a la Intendencia de Rocha “no cumplió con los requisitos que exige la normativa”, ya que “no se cumplieron los procesos formales de Autorización Ambiental Previa, no fue categorizado en su grado de impacto ni se requirió Estudio de Impacto Ambiental”, enfatizan. Por tanto, sostienen que “se violentó la normativa ambiental vigente”, y resaltan que las autoridades vulneraron el ambiente y los derechos humanos, “no dejando lugar a la participación pública en la toma de decisiones”.
En este sentido, en la demanda expresan que no se respetó el Acuerdo de Escazú, que obliga a los gobiernos a garantizar justicia, transparencia y participación en temáticas ambientales, al tiempo que aportaron nueva información que sembró dudas sobre quién asumirá los costos de la obra que busca proteger las propiedades de la primera línea costa.
Cuando prima el interés general
El 26 de noviembre, el juez Darwin Rampoldi Robaina resolvió hacer lugar a la medida cautelar de no innovar presentada por los vecinos, según la sentencia que publicó Montevideo Portal y a la que accedió la diaria. Allí intimó a la Intendencia de Rocha a “presentar la documentación que informe sobre las eventuales invasiones o ensanches o cercamientos de espacios públicos, así como la existencia de cercas eléctricas y estacionamiento de vehículos sobre las dunas correspondientes a los lugares de realización del enrocamiento” y también le exigió “retirar y detener la colocación de alambrados, cercos, piedras, quintas y jardines, prohibir el tránsito vehicular y el estacionamiento de vehículos sobre la duna o cualquier otra ocupación que se haya hecho sobre los terrenos que se encuentren en dominio público”.
El magistrado no hizo lugar a “disponer la prohibición de realizar intervenciones en la obra” porque “debe tener su mantenimiento” y “sería desatender la permanencia del control, observación y monitoreo que resultaría requerida para extraer conclusiones sobre la eventual utilidad de la obra”. Recordó que durante esta etapa el objetivo no es juzgar la intervención o “actividad licitada por la Intendencia de Rocha” porque estos puntos se tratarán durante el proceso principal. Asimismo, determinó que en esta instancia tampoco se definió “si es necesario y pertinente” el plan de ordenamiento territorial en Costa Azul.
En estos meses, fueron varios los testigos que presentaron sus consideraciones. Entre ellos están Sergio Muniz, alcalde del Municipio de La Paloma −del que Costa Azul forma parte−; Daniel Panario, docente grado 5 del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República; Danilo Antón, doctor en Geomorfología; Daniel de Álava, a quien presentamos más arriba; Luis Anastasia, licenciado en Oceanografía y director de la División de Evaluación de Impacto Ambiental y Licencias Ambientales del Ministerio de Ambiente cuando se llevó adelante la obra; Leandro Piñeiro, director de Obras de la Intendencia de Rocha; y Rodrigo García, director de Ambiente y Cambio Climático de la comuna de Rocha. A partir de la escucha de las partes, el juez indicó que “la extracción de arena de la costa misma [para realizar la obra] no estaba habilitada y las declaraciones testimoniales que relevamos [...] dieron cuenta de que ello sucedió, por lo que puede, a priori, entenderse a los solos efectos de la medida que hubo incumplimiento primario de la autorización dada”.
Rampoldi resalta que existen antecedentes que lo habilitan a considerar que “ante la eventual duda que pueda existir desde el punto de vista técnico, por ahora, en relación a si la obra del enrocado beneficia o perjudica el entorno, contorno y ecosistema biológico, el deber precautorio y la tutela preventiva, que son axiomas en materia ambiental, nos llevan a decidir, provisoriamente el acogimiento parcial de las medidas solicitadas”. “A su vez, como el alcance se limita a requerir documentos y a prohibir actividades contaminantes que provoquen depredación, en el sentido del artículo 47 de la Constitución [...], se estiman de recibo en los términos indicados”, agrega. Y finaliza: “Si se alegara el riesgo también posible de la afectación a los inmuebles y fincas en ellos construidos, entendemos que una ponderación preliminar permite concluir −por ahora y sin perjuicio− que los derechos de propiedad cuyo goce está garantizado por el artículo 7 de la Constitución tiene este límite del interés general. Por otro lado, la defensa del ambiente es una razón de interés general fincada en el artículo 47 de la Constitución, por lo cual este último derecho o bien jurídico puede, primariamente, ponderarse y tener prioridad sobre los primeros si de conflicto normativo o de primacía debiéramos considerar”.
Un antecedente importante a nivel judicial para Rocha
Beatriz Donato es una de las integrantes del grupo Vecinos en Defensa de Nuestra Playa. Tiene 67 años, desde pequeña visitó Costa Azul y, actualmente, vive allí. Dice a la diaria que su padre definía al lugar como un “pueblo junto al mar”. “Somos tres hermanos y los dos más chicos tenían asma. Un médico le recomendó a mi padre que nos fuéramos lo más al Este que pudiéramos. Eran épocas en las que las madres no trabajaban, entonces nos traían el 26 de diciembre y nos llevaban el día antes de empezar las clases, en semana santa, vacaciones de julio. Muchas de las que vivimos acá hoy, somos amigas de esa época, donde en la playa había rondas de mujeres con sus hijos. Siempre dije, desde el día que empecé a trabajar, que cuando me jubilara me iba a venir para Costa Azul. Hace seis años me jubilé y acá estoy”, cuenta. Relata que su familia tiene “un amor especial por este lugar”, “te atrapa, respiras distinto, como se lo dijo el médico a mi padre”. Desde su perspectiva, ha cambiado mucho. Más casas, menos playa y con la arena siempre mojada. Sin embargo, después de la obra, los cambios negativos fueron aún más notorios. Por esta razón, en el grupo de vecinos y vecinas festejaron la sentencia del juez.
“Queremos que tengan en cuenta las leyes, porque las tenemos. La arena acá era preciosa, finita y seca. Hoy en Costa Azul nunca hay arena seca, casi no hay berberechos, hay cambios en todo el microsistema. Es uno de los departamentos que más convoca a un turismo natural para quien quiere estar tranquilo. Por algo en La Paloma no hay más que dos edificios de apartamentos y no muy altos”, insiste Beatriz Donato. También aclara que el interés del grupo no es sacar rédito económico, sino defender la playa. Por esta razón, uno de los pedidos en la demanda principal es crear un Plan de Ordenamiento Ambiental de la Costa del Balneario de Costa Azul.
Para los vecinos y vecinas, este primer paso a nivel judicial sienta un antecedente importante para Rocha. Recordemos que son varios los conflictos socioambientales que tienen lugar en el departamento. El adoquinado en Punta del Diablo que comenzó a realizarse sin evaluación del Ministerio de Ambiente, la destrucción de un médano en Punta Rubia y el puerto espacial que busca instalarse en La Esmeralda son tan sólo algunos ejemplos.