No ha sido frecuente que decisiones del Poder Ejecutivo aumenten las posibilidades de investigar qué pasó con las personas detenidas y desaparecidas en el marco del terrorismo de Estado. Esta semana se conoció una inusual buena noticia y corresponde destacarla, aunque todavía está por verse qué se podrá cosechar.
En setiembre de 2019, con apenas un mes de trámite parlamentario, se aprobó la ley 19.822, que le transfirió a la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) la responsabilidad de la investigación. Es probable que esto se haya debido a la percepción de que el Frente Amplio podía perder las elecciones de ese año y a la voluntad de darle mayor formalidad institucional a la tarea, que antes había estado a cargo de Presidencia.
La ley mencionada le asignó a la INDDHH la potestad de “acceso irrestricto a los archivos de los servicios de inteligencia y demás archivos de instituciones públicas o privadas que pudieren ser relevantes” para la investigación, sin que se pudieran “oponer criterios de secreto, confidencialidad o reserva de todo o parte de su contenido”, y a “todos los lugares y establecimientos” a los que considerara pertinente ingresar. Negarle ese acceso constituye el delito penal de desacato, que se castiga con prisión de hasta tres años.
Sin embargo, durante la presidencia de Luis Lacalle Pou la norma no se cumplió en forma cabal. La INDDHH le remitía solicitudes por escrito al Ministerio de Defensa Nacional (MDN) y la respuesta podía ser que no se había encontrado la información requerida. Como es obvio, la presunción de que aún existen archivos de importancia crucial en dependencias de esa secretaría de Estado no es acompañada por el conocimiento de la forma en que pueden estar catalogados o de su actual ubicación, que seguramente no consta de modo explícito en un inventario. Por lo tanto, este tipo de trámite no garantizaba que se agotaran las posibilidades de búsqueda.
Lo que hizo ahora la ministra Sandra Lazo fue ordenarles a las autoridades de todas las dependencias y reparticiones del MDN, en forma expresa, que aseguraran el acceso directo e irrestricto de personal designado por la INDDHH a todos los archivos que le interesen para conocer la verdad sobre las desapariciones forzadas.
Lo que pasaba antes era como si se le hubiera pedido a las Fuerzas Armadas que buscaran restos de víctimas en los cuarteles, en vez de que ingresara a ellos el Grupo de Investigación en Antropología Forense para realizar excavaciones.
Desconocemos si existió un registro oficial de lo sucedido con las personas desaparecidas. Si lo hubo, ignoramos qué nivel de detalle tenía, si se ha mantenido intacto y si en algún momento fue ocultado en instalaciones del MDN o fuera de ellas. Todo esto es sin duda problemático, pero lo más inaceptable es que haya pasado medio siglo con las mismas incógnitas.
La INDDHH tiene ahora una posibilidad inédita de avanzar en ese terreno y afinar su conocimiento de lo que es posible, en vez de seguir completamente a oscuras. Sean cuales fueren los resultados, no se trata de un cambio menor.