En un proceso que no se vio venir, y se conoció el lunes para ejecutarse el viernes, con fin de año en el medio,se presentó ante la Corte Electoral un recurso para que se modifiquen dos aspectos dentro de los recientemente conocidos reglamentos que regirán las elecciones departamentales y municipales de mayo. Esta iniciativa, que tuvo origen en el Partido Colorado (PC), promovida por el diputado reelecto Felipe Schipani,terminó confirmando durante la semana el apoyo del Partido Independiente (PI), el cual en el pasado se había mostrado afín a los posicionamientos manejados, incluso también presentando recursos.
Son dos los planteos que se le hacen al órgano electoral. El más discutido en el pasado y el más disruptivo, dada su persistencia en el funcionamiento electoral, es el que busca que se habilite el voto cruzado entre las departamentales y las municipales. Desde 2010, cuando se votó por primera vez alcaldes y concejales, se ha mantenido como premisa que en los dos niveles necesariamente se deben colocar boletas del mismo lema.
Días atrás, en diálogo con la diaria, Schipani explicó que esta iniciativa pone foco en la “libertad del elector” que, al votar a un alcalde o un concejal, está “eligiendo a un vecino”. Según subrayó, entonces no tiene por qué ser coincidente con su representación partidaria o con la fuerza política que elija para dirigir la intendencia o integrar la Junta Departamental.
En tanto, el otro planteo realizado ante la Corte Electoral es la eliminación de lo que se conoce como “cláusula candado”, que establece que quienes deseen postularse como candidatos a alcaldes o concejales no podrán hacerlo si se presentaron a la elección interna por otro lema. En este caso, la restricción significa un cambio de criterio respecto de la reglamentación aprobada para la instancia municipal de 2020. Sin embargo, la aplicación de esta limitación no es nueva y su concepto fue “recogido” de la reglamentación que rigió para la departamental de 2015, según supo la diaria.
Con la pelota del lado de la Corte Electoral para tomar una decisión, primero el recurso deberá ser estudiado por su comisión de Asuntos Electorales, para luego someterse a la votación de los ministros, los mismos que aprobaron los reglamentos que se intenta impugnar. El viernes, en el marco de la entrega formal del recurso, Schipani apuntó contra ellos y recordó que son propuestos por los partidos políticos, por lo que en estas decisiones que se tomaron en los reglamentos priman “las motivaciones políticas” y no las “jurídicas” como “debiera ser”.
En la misma línea, aseguró que si se habilita el voto cruzado “habría muchos más alcaldes de partidos distintos a quien ostenta el gobierno departamental”. En tanto, al entender del diputado, esa es la “motivación” por la cual algunos partidos no están de acuerdo con la libertad para ejercer ese tipo de voto. Concretamente, se refirió al ejemplo del Partido Nacional (PN), socio coalicionista que sólo se ha mostrado a favor de eliminar la “cláusula candado”.
La postura del FA, oposición sin discusión
Sin una “mirada orgánica” hasta el momento, dirigentes frentamplistas coinciden en que “no corresponde cambiar las reglas de juego en el medio del partido”.Como lo manifestó a la diaria recién conocida la iniciativa el dirigente rochense Aníbal Pereyra, el senador electo Sebastián Sabini reafirmó, luego de presentado formalmente el recurso, que si bien la orgánica no se ha pronunciado, no se ve como algo “razonable” que a “cinco meses” de las elecciones departamentales y municipales se lleve adelante esta discusión.
“En todo caso creo que si los partidos tradicionales quieren hacer un lema único, pueden hacerlo y eso el Frente Amplio [FA] no tiene nada que ver; todo lo demás son especulaciones que no corresponden”, dijo Sabini sobre los planteos que señalan a la coalición de izquierda como la beneficiada por las disposiciones del reglamento, especialmente por la “cláusula candado”. “Lo razonable es que la corte dé su postura y luego analizaremos, pero en principio no tenemos por qué entrar en la discusión, no nos corresponde”, agregó.
Ilegal e inconstitucional, el cuestionamiento de un socio
Con el FA fuera del intercambio discursivo sobre qué es lo mejor para el sistema electoral, las miradas contrarias han aparecido en el PN. La primera en manifestarsefue la presidenta del Honorable Directorio, Macarena Rubio, quien, luego de una rueda de prensa y algunos malentendidos que, según su entorno, partieron de un titular de prensa, puso fin a las especulaciones sobre cuál era la postura de los blancos a través de un mensaje en su cuenta de X.
“Ante algunas consultas realizadas por la prensa quiero aclarar que el Partido Nacional NO está de acuerdo con el voto cruzado”, dejó claro Rubio. Asimismo, puntualizó que sí está de acuerdo con que se habilite a quienes “fueron candidatos por un lema en la elección interna, a ser candidatos por otro lema en la elección municipal”, dado que a nivel departamental está prohibido por la Constitución.
Con pocos dirigentes manifestándose sobre el tema, y menos en profundidad, el reelecto diputado herrerista Juan Martin Rodríguez decidió revivir una publicación de Facebook que había hecho en 2015 sobre el voto cruzado, aspecto que en ese entonces también se encontraba en el centro del debate. El representante argumentaba en aquella instancia –y lo reafirma en la actualidad– que la Ley 7.812 –Ley de Elecciones– establece en la redacción dada por el artículo 47 de la Ley Nº 17.113 que “si fueran de distinto lema” las hojas de votación depositadas en el mismo sobre “no valdrá ninguna, anulándose todas…”.
Según dijo a la diaria Rodríguez, como en este caso “la ley no discrimina”, si este criterio “es en elecciones internas, en las elecciones nacionales, en elecciones departamentales o en elecciones municipales”, la nulidad del voto cuando hay hojas de votación de distinto lema es aplicable a todos los casos. En este sentido, el diputado blanco puntualizó que, desde su punto de vista, “sería ilegal” habilitar el voto cruzado.
Con ese punto de partida, y mirando hacia el futuro, Rodríguez adelantó que con las mayorías especiales de “dos tercios” podría modificarse este aspecto legal que recae sobre el voto cruzado. Sin embargo, ese movimiento para el representante es “eventualmente inconstitucional” porque, teniendo como antecedente la reforma de 1996, a nivel de los distintos principios electorales que rigen en la Constitución, siempre se deja constancia de la búsqueda del “fortalecimiento de los partidos políticos”, entendiéndose como entidades “nacionales”.
“Nuestro sistema electoral consagra que la primera elección del ciudadano es a un partido político”, apuntó Rodríguez.“Habilitar el voto cruzado en definitiva es atentar contra ese principio constitucional”, explicó reconociendo que, a diferencia de su argumento de la ilegalidad, este sí puede entrar en el plano de lo “discutible”. Esta visión –en los dos niveles– ya fue extendida por parte del representante a sus compañeros de partido, según reconoció. Asimismo, confirmó, al igual que Rubio, que en lo único con lo que se coincide con el PC y el PI es en la eliminación de la “cláusula candado” .
Un viejo debate: ¿electores o partidos?
Según dijo a la diaria el politólogo Antonio Cardarello, lo que se hace carne en la idea de habilitar el voto cruzado entre las departamentales y las municipales es un “viejo debate” dentro de los sistemas electorales en el que se plantea una disputa entre “privilegiar la cohesión de los partidos políticos y la gobernabilidad” o “favorecer la libertad del elector” de votar partidos diferentes.En esta discusión, según el politólogo Daniel Buquet, cuando las leyes electorales fortalecen a los partidos “más restringen a los electores”, y, por el contrario, cuanto más “liberan a los electores”, más “perjudican a los partidos”.
En ese sentido, Buquet explicó que desde sus inicios el sistema electoral uruguayo optó por la vía de favorecer a los partidos, dejando claros ejemplos como la Ley Electoral de 1910 que hacía referencia, en el marco del doble voto simultáneo, a que el ciudadano votará “por el partido al que pertenece” y luego “por los candidatos” que este ofrece.
Cardarello recordó que en la mayoría de los países de la región está permitido que los electores puedan optar en elecciones simultáneas por partidos diferentes, algo que pone a Uruguay como un ejemplo casi único. Por el contrario, en referencia al ejemplo de Brasil, el politólogo reconoció que con el sistema abierto para el voto a partidos en simultáneo “se produce a la larga cierto debilitamiento de las identidades partidarias”. “Cuando no hay partidos firmes, muchas veces se busca la salida por el lado de candidatos individuales con discursos más o menos mesiánicos, los llamados outsiders”, analizó el especialista.
En la misma línea, Buquet reconoció que “es más fácil argumentar a favor de la libertad de los electores porque es un principio básico”. Sin embargo, subrayó que “hay que entender que la libertad del elector perjudica la estabilidad y continuidad de los partidos”. Agregó que en ese escenario los “partidos chicos” siempre van a pedir más libertad para el elector porque las restricciones que se ponen a favor de los partidos siempre “favorecen a los partidos grandes”.