La deliciosa expresión “técnicas de interrogatorio mejoradas” ofrece una alternativa no sólo tolerable sino hasta entusiasta y enérgica a la vieja y conocida palabra “tortura”. Fue usada profusamente por las agencias de seguridad de Estados Unidos en el contexto de la discusión sobre las prácticas violentas que sus efectivos aplicaban en el combate al terrorismo islámico, y tiene con respecto a “apremios físicos” –que es el eufemismo que se usó en esta región hace algún tiempo– una enorme ventaja: evita cualquier mención al sufrimiento de quien la soporta o a la brutalidad de quien la aplica y brinda en su lugar una categoría neutra que sugiere eficacia, productividad y un procedimiento limpio, sistematizado y oficial. Un protocolo.

El uso de picanas eléctricas (vasta taxonomía en la que caben desde artilugios más o menos caseros que hacen pasar la corriente por el cuerpo de un detenido hasta pequeños dispositivos que caben en un bolsillo y se venden para protección personal) está contemplado en el artículo 165 de la Ley de Procedimiento Policial (LPP, promulgada en 2008 y reglamentada en 2010): “El personal policial está autorizado para la utilización del equipamiento neutralizante no letal denominado ‘stun guns’ y ‘stun baton’, con función de disuasión, defensa y protección. Dichos dispositivos podrán ser utilizados por el personal policial, previa capacitación, y en aquellos casos o situaciones en los que se requiera proceder a neutralizar a un individuo, ya sea por su peligrosidad o resistencia, a fin de evitar un daño propio o ajeno”. También dice que son las unidades ejecutoras las que definen quién está autorizado a usarlos.

Sin embargo, el 30 de junio de este año, un presunto ladrón de autos recibió, “cuando ya se encontraba detenido y reducido en el suelo, sendos choques con lo que fue identificado como una picana eléctrica”. Los policías que efectuaron la detención fueron formalizados por abuso de autoridad y se dispuso su prisión domiciliaria por 60 días mientras sigue el proceso judicial. La defensa de uno de ellos apeló, pero el tribunal mantuvo la resolución de la primera instancia. Hay videos que muestran los hechos y se estimó que la libertad ambulatoria de los agentes formalizados podría significar un riesgo para la víctima.

Más sorprendente que el abuso cometido por los efectivos (a fin de cuentas, la historia de los abusos policiales nos acompaña desde hace demasiado tiempo como para que alguien se sorprenda) es la respuesta que dieron las autoridades: tanto el ministro del Interior, Jorge Larrañaga, como el jefe de Policía de Montevideo, Erode Ruiz, declararon que el uso de la picana eléctrica no está prohibido, aludieron a la LPP y aseguraron que la Policía nacional no usa oficialmente picanas eléctricas pero que, a fin de cuentas, si cualquier civil puede comprarlas y usarlas no hay ninguna razón para que no pueda hacer lo mismo un policía. Que es como decir que cualquier arma en venta en las armerías podría ser comprada y usada por un efectivo en el contexto de un procedimiento oficial, aunque no sea un arma de reglamento ni se la haya proporcionado la institución. Cosa rara, puesto que el artículo 162 de la LPP prohíbe expresamente el uso de cualquier arma “que no esté reglamentada o autorizada por el comando policial respectivo, aun en los casos que su venta sea libre al público”. Así las cosas, una vez más vemos cómo se minimiza un hecho ilegal y aberrante y se naturaliza una práctica que sólo tiene como finalidad mortificar a una persona que está sometida e imposibilitada de defenderse. Cuesta imaginar, por otra parte, qué buscaba el policía que le aplicó choques eléctricos a un tipo que ya estaba en el suelo y esposado. Qué sentido tenía esa violencia que no estaba orientada a aumentar su eficacia en la lucha contra el crimen. Qué convicción alienta en el espíritu de alguien que siente que puede ir más allá de su función de evitar un delito para aportar también su granito de arena en el castigo inmediato, sin participación de la Justicia.

Por supuesto que estas son todas preguntas retóricas. Ya sabemos que detrás de ese punitivismo ejercido espontáneamente alienta la idea de que la Justicia es un artefacto burocrático y permisivo que ata las manos del policía y protege a los delincuentes, como si este país no tuviera un índice de prisionización altísimo: 328 presos cada 100.000 habitantes, según el Informe 2019 del Comisionado Parlamentario Penitenciario.

En este episodio puntual está actuando la Justicia, y el ministro Larrañaga y su equipo están convocados al Parlamento para rendir cuentas. Por otro lado, el Frente Amplio llama a todos los partidos políticos y organizaciones sociales a unirse para garantizar “el accionar democrático de la Policía”. Es una gran iniciativa y sería deseable que tuviera éxito, pero para decir las cosas como son, tan loable objetivo no se consiguió ni siquiera cuando los que hoy están en la oposición estaban a cargo del gobierno.