España se dispone a aprobar una ley de “repudio y condena del golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la posterior dictadura” y establecer por ella “el derecho de las víctimas a la verdad”. La nueva Ley de Memoria sustituye, deroga y profundiza en mucho los efectos de la anterior, de 2007. El texto, todavía en borrador y de inminente aprobación (se prevé como fecha el martes 15), recoge la ilegitimidad de los tribunales políticos franquistas y la nulidad de sus resoluciones por causas ideológicas.

Han pasado 84 años de la sublevación franquista y es improbable que sigan vivos muchos de sus “viejitos” protagonistas y de sus víctimas, pero la reivindicación de la memoria histórica no perece. Han pasado 45 años desde la muerte de Francisco Franco y el inicio de una muy pausada transición hacia la democracia plena. Ahora, con esta ley en ciernes, se encara un paso fundamental en esa dirección.

Así, el Estado se dispone a iniciar de oficio la apertura de fosas, el listado de víctimas, un banco de ADN, y acudirá a la Justicia con los “indicios” de delito, para lo que se creará una fiscalía especial. Se prevé revocar títulos nobiliarios y medallas policiales contrarios a la democracia, se determinará “causa de extinción” de cualquier fundación que haga apología del franquismo (allí van las que apoyan a Vox y a otros 13 partidos no parlamentarios de la derecha profranquista), y se introduce el estudio de la memoria histórica en los institutos de enseñanza.

También considera la destrucción de símbolos franquistas, como los enterramientos de Miguel Primo de Rivera en el Valle de los Caídos y de Gonzalo Queipo de Llano en la basílica de La Macarena de Sevilla. La exhumación y reubicación del cadáver de Franco, sacándolo del monumental Valle de los Caídos, construido por presos políticos durante 18 años del franquismo, se efectuó el 24 de octubre de 2019.

La iniciativa, además, entrará en el peliagudo terreno económico, que en Uruguay más que en Argentina es todavía un debe: el Estado español “promoverá las iniciativas necesarias para la investigación de las incautaciones producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra Civil y la dictadura y, en particular, realizará una auditoría de los bienes expoliados en dicho período”. Eso incluye el trabajo esclavo: se prevé que el Estado perseguirá el “reconocimiento y reparación a las víctimas que realizaron trabajos forzados”, y las autoridades públicas intentarán que organizaciones o empresas que “utilizaron trabajos forzados en su beneficio” adopten medidas de reparación. Las administraciones deberán elaborar un inventario de edificaciones y obras realizadas mediante trabajo forzado.

También cae la farsa de justicia de los tribunales franquistas. La ley declarará la “ilegitimidad” de los tribunales y jurados formados durante la guerra civil para imponer “por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal, y serán nulas e ilegítimas sus resoluciones. La ley declarará expresamente ilegítimos el Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público, los Tribunales de Responsabilidades Políticas y los Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa”.

Asimismo, se declaran “ilegítimas y nulas, por vicios de forma y fondo”, las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia durante la dictadura. Las declaraciones de nulidad darán lugar al derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal, pero no a una indemnización patrimonial.

También se dispone “reparar las formas especiales de represión o violencia de cualquier tipo sufrida por las mujeres” en la guerra civil y el franquismo, sea por su actividad pública o “como madres, compañeras o hijas de represaliados o asesinados”, y se establece la reparación a las mujeres que sufrieron privación de libertad u otras penas como consecuencia de adulterio y aborto.