Reunido en Consejo de Ministros, el presidente de la República, Yamandú Orsi, firmó este viernes dos resoluciones relativas a la rescisión del contrato entre el Estado uruguayo y el astillero español Cardama Shipyard, firmado por la anterior administración, para la construcción de dos patrulleras oceánicas (OPV, por sus siglas en inglés) para la Armada Nacional, por un total de 82 millones de euros.
En la primera resolución, el gobierno enumera un conjunto de “graves irregularidades” que se fueron registrando en torno al contrato, que fue firmado el 15 de diciembre de 2023 por el entonces ministro de Defensa Nacional, Javier García.
Allí se señala que, a partir de “la frustración de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato”, a cargo de EuroCommerce Limited –compañía que fue disuelta por el organismo regulador de sociedades anónimas de Reino Unido–, el Ministerio de Defensa Nacional (MDN) solicitó reportes a la Dirección Nacional de Policía Científica y a la Dirección Criminalística de la Policía Nacional, y contrató a un notario español a los efectos de “realizar el examen de la documentación correspondiente a la garantía, cuya ejecución se vio frustrada, y de la documentación presentada por correo electrónico por la empresa a efectos de renovar extemporáneamente aquella”.
También se consigna que el MDN hizo gestiones ante Redbridge Insurance para ejecutar la garantía de reembolso “y determinó que el documento presentado por Francisco Cardama SA para la entrada en vigor del contrato no correspondía a una póliza de seguro, sino a un documento de ‘términos y condiciones’”.
Por un lado, la primera resolución firmada este viernes por Orsi y su gabinete dispone la rescisión del contrato con Cardama “en virtud de los graves incumplimientos” del astillero español “respecto de la constitución de las garantías”; por otro, encomienda al MDN llevar a cabo “las acciones judiciales correspondientes a los efectos del reclamo de los daños y perjuicios ocasionados a la administración por parte de Francisco Cardama SA”.
Como fundamento de la decisión, el gobierno señala en la resolución, entre otras cosas, que “quedó probado y aceptado por Francisco Cardama SA en su escrito de evacuación de vista que, a la luz de los hechos y los informes agregados, la garantía de fiel cumplimiento de contrato presentada para la entrada en vigor del contrato es falsa”.
Asimismo, se apunta que en el acuerdo alcanzado entre el gobierno anterior y la empresa española se “establece expresamente que la constitución de las garantías de reembolso y fiel cumplimiento de contrato son requisitos para la entrada en vigor” del contrato, lo cual remarca “la extrema gravedad de cualquier incumplimiento relacionado con las mismas, dada su incidencia en la propia eficacia contractual”.
Por otra parte, en la resolución se señala que “hasta la fecha Francisco Cardama SA nunca subsanó, ni presentó una garantía de fiel cumplimiento de contrato, ni tampoco presentó el original de la garantía de reembolso”, lo cual supone “incumplimientos esenciales y graves a las obligaciones establecidas en el contrato”.
En cuanto a la finalización del contrato, el gobierno apunta que el artículo 70 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (Tocaf) prevé la posibilidad de que el gobierno rescinda de manera unilateral un contrato frente a un “incumplimiento grave del adjudicatario”. Dicho artículo del Tocaf establece, además, que “la rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a la administración”.
Los resultados de los informes técnicos
En la segunda resolución el gobierno da cuenta de “otros incumplimientos desde el punto de vista técnico”, que fueron “relevados por los organismos competentes de la Armada Nacional, Bureau Veritas SA y los representantes técnicos del Ministerio [de Defensa Nacional] destacados en Vigo”, la ciudad donde está instalado el astillero español.
Con relación al informe técnico de Bureau Veritas, se señala, tal como adelantó la diaria, que Cardama “no tiene capacidad para cumplir con los plazos de entrega”. La auditoría de Bureau Veritas también detectó, entre otras cosas, que en la construcción de uno de los dos buques OPV “existe un retraso estimado de aproximadamente cinco meses en la construcción de bloques, con aproximadamente un 43% del acero construido y montado en grada, cuando se esperaba tener construido más de 70% para cumplir los plazos”.
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Se señala, además, que Cardama “no ha resuelto el proceso de aprovisionamiento de materiales y equipos, no habiendo respondido sobre la situación actual del suministro de los motores principales por Finanzauto SAU”.
Con respecto a las tareas de inspección realizadas por el personal de la Armada Nacional, se apunta que del informe técnico “surge que no se ha presentado por parte del astillero ninguna solicitud de permiso de construcción de OPV”.
Asimismo, el gobierno deja constancia en la resolución de que “lo expresado por Francisco Cardama SA en los escritos de evacuación de vista de fecha 9 de enero y 11 de febrero de 2026 no enerva las resultancias de los antecedentes administrativos, esto es los informes agregados, ni los incumplimientos debidamente acreditados, no habiéndose ofrecido prueba o solicitado diligenciamiento alguno”.
Por todo esto, la resolución mandata al MDN a iniciar “las acciones civiles, penales, administrativas y arbitrales” con el propósito de “preservar los intereses del Estado en relación a la rescisión dispuesta del contrato con la empresa ‘Francisco Cardama SA’, en el ámbito nacional e internacional”.