El ex integrante de los “escuadrones de la muerte” Miguel Sofía, capturado por Interpol el martes después de permanecer prófugo de la Justicia por casi diez años, fue formalizado por el delito de falsificación ideológica por un particular, según informó Subrayado. El día de la detención, el empresario de 70 años y ex titular de las radios del Grupo Del Plata fue abordado por la Policía y se identificó con una cédula que pertenecía a otra persona. Permanecerá en prisión en la cárcel de Domingo Arena junto con militares y policías condenados por delitos de lesa humanidad. Sobre Sofía pesaba una orden de captura internacional por no presentarse a declarar ante la Justicia en 2009, luego de que el fiscal de primer turno Ricardo Perciballe solicitó su procesamiento con prisión por los delitos de asociación para delinquir, una desaparición forzada y dos homicidios especialmente agravados. El abogado del detenido Aníbal Martínez Chaer presentó un recurso de inconstitucionalidad aduciendo que los delitos por los que se acusa a Sofía, eventualmente cometidos en 1972 y 1973, prescribieron. Además, dijo que su cliente declaró que si hubiera usado su documento real “hubiera sido capturado inmediatamente”, que siempre ingresó al país “por frontera seca” y que sólo hizo uso del documento ajeno el martes, cuando la Policía le requirió que se identificara.

Por otro lado, el jueves, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, representada por la fiscal Sylvia Gari, al tomar conocimiento del recurso interpuesto por la defensa del indagado, solicitó “que se adopte la medida cautelar de prisión preventiva [...] en cuanto existe peligro de sustracción al proceso del mismo”. “Al respecto surgen acreditados los siguientes extremos: 1) Durante más de nueve años (desde el 2009 en que se solicitó su procesamiento y prisión), el indagado supo de su requisitoria a nivel nacional e internacional, habiéndose sustraído al proceso durante todo ese lapso, en forma ininterrumpida hasta la fecha, habiéndose solicitado su procesamiento y prisión por un delito de Asociación para delinquir en calidad de autor en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de Desaparición forzada y dos delitos de Homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor”, argumenta la Fiscalía. Agrega que “a efectos de burlar las requisitorias mencionadas utilizó un documento de identidad falso, lo cual hizo en reiteradas oportunidades” y que “la entidad de la causa que se investiga, relativa a delitos de Lesa Humanidad, así como el conjunto de convenciones y acuerdos internacionales que vinculan al Estado uruguayo en relación al respeto y protección de los derechos humanos, amerita se tomen medidas cautelares que no pongan en riesgo la demora y frustración del presente proceso”. Para la Fiscalía, “la única medida cautelar adecuada” para Sofía “es la prisión preventiva, en tanto ha quedado demostrado con el transcurso de estos nueve años que un cierre de fronteras resulta irrisorio”.

La Fiscalía cita como “fundamento jurídico de relevancia” una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que concluye que “la suspensión de los procedimientos ordenada por la Constitución” como consecuencia de un planteo de inconstitucionalidad “no priva al Juez de la causa de la posibilidad de adoptar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público para precaver la obstrucción y hasta la sustracción del imputado al proceso”. “En autos no puede soslayarse que la sustracción del indagado al presente proceso data de casi diez años, y su aprehensión se debió al accionar policial, requiriéndose a ese fin varias órdenes de allanamiento, además de su seguimiento personal, todo lo que informa de su claro propósito de evadir a la Justicia uruguaya, por lo cual la cautela que se peticiona es la única que puede garantizar la continuidad de estos procedimientos”, sostiene Gari.