Este lunes el ex vicepresidente de Fripur, Alberto Fernández, se presentará ante el Juzgado Penal de 22° Turno, confirmó a la diaria el abogado Andrés Ojeda, que asumirá formalmente la defensa del empresario. El viernes el juez Nelson dos Santos decretó el procesamiento con prisión y la detención de Fernández, como lo había solicitado la fiscal penal Gabriela Fossati, por haber violado la ley de prenda. Ojeda adelantó que apelará la resolución de Dos Santos “sin discusión”.

Dos Santos los había citado a declarar, pero Fernández volvió a ausentarse, tal como lo había hecho el 21 de noviembre. En esa ocasión no concurrió a la audiencia, según un escrito presentado por quien entonces era su abogado, Alberto Sanes, debido a que este último tenía otra audiencia agendada previamente y hubiera generado “una situación de indefensión a su otro cliente”. Además, el abogado alegó que la convocatoria fue comunicada con poca antelación mediante “mandato verbal” y enviada a su correo electrónico a las 13.14 del jueves, “luego [de] que hubiere cerrado el juzgado”.

De todas formas, el juez resolvió el procesamiento con prisión y la detención del empresario. La Policía fue a buscar a Fernández a su casa y no lo encontró. En cumplimiento de la resolución del magistrado, comenzó la búsqueda del paradero del empresario, que para la Justicia se encontraba “prófugo”. En tanto, el mismo viernes, poco después de conocer el fallo de la Justicia, Sanes presentó su renuncia por considerar la existencia de “irregularidades del tracto procesal del expediente durante todo el proceso”. A partir de este lunes, ese rol lo asumirá Ojeda.

Delitos de prenda

En el fallo, según informó El País, la Justicia imputó al empresario dos delitos de “disposición de cosas prendadas”, que se vieron “especialmente” agravados “por la importancia del monto del perjuicio causado”, y que ambos delitos fueron “en régimen de reiteración”. Además, la sentencia señala que en su calidad de vicepresidente de Fripur, Fernández “tenía bajo su control la totalidad de la mercadería giro de la misma y obviamente aquella que fue comprometida en garantía de préstamos obtenidos del BROU [Banco República] así como del pago de contribuciones de seguridad social con el BPS [Banco Previsión Social] y enajenada en contravención a la forma [establecida por ley]”.

Ojeda dijo a la diaria que le “llama la atención” la forma en que procedió la Justicia al dictar el procesamiento con prisión de una persona ausente en audiencia. “A la gente se la procesa en su presencia y, si no está, la mandás a buscar”, sostuvo, y manifestó que “juzgar en ausencia” está prohibido por la Constitución. “El procedimiento correcto es librar la orden de captura y, cuando lo detienen, lo llevan [ante el juez] y lo procesan. No lo procesan y después lo salen a buscar”, expresó. El abogado también cuestionó que no se haya dictado prisión domiciliaria en consideración de la edad y el estado de salud de Fernández.

Ojeda subrayó que si bien sobre Fernández existe una medida cautelar de cierre de fronteras –que resolvió Dos Santos a fines de noviembre–, no hay ninguna medida que le impida moverse dentro del país. Por lo tanto, consideró que tratar al empresario como prófugo de la Justicia es “consecuencia de la propia irregularidad [del proceso]”.

El abogado dijo que este lunes a primera hora se presentará junto con Fernández en el juzgado. Como el caso se rige por el viejo Código del Proceso Penal, el empresario deberá ir a prisión y permanecer allí hasta obtener sentencia. “El juez va a tener que ver cómo resuelve el haber procesado [a Fernández] sin que esté. Calculo que le va a tener que leer el procesamiento y desde ahí mismo se irá como cualquier procesado”, dijo el abogado, que aseveró que apelará el fallo de la Justicia, pero no adelantó que otros recursos se presentarán porque aún no ha asumido formalmente la defensa.

“La historia no contada”

Este domingo, en un comunicado titulado “La historia no contada sobre las ilicitudes cometidas en Fripur”, los hijos de Fernández denunciaron que su padre estuvo sujeto a “un proceso penal sumamente irracional e irregular”, y mencionan algunos hechos que, consideran, tanto Fossati como Dos Santos no tuvieron en cuenta.

Los hijos de Fernández argumentan que la enajenación del pescado prendado –si la venta ocurrió antes del 1º de agosto– fue una decisión de la gerencia de Fripur, ámbito en el que su padre no participaba, y mencionan que Máximo Fernández –el difunto hermano de Alberto– fue señalado como el responsable de la venta por otros integrantes de la gerencia. A su vez, apuntan que en el caso de que la venta haya sido efectuada después de agosto de 2015, “la hizo el Síndico dado que las autoridades ya no estaban en funciones”. Según dicen, “la Sindicatura nunca fue citada a declarar”, tampoco se interrogó “a ninguna de las personas que integraban la gerencia de Fripur en aquel entonces” y “nunca se llamó a declarar en el expediente penal al comprador de la mercadería prendada”.

Los familiares aseguran que al enterarse del procesamiento con prisión, Fernández “quiso comparecer a la Justicia para notificarse formalmente de lo resuelto y ejercer sus defensas, pero no le fue posible porque el juzgado ya había cerrado”. “Se quiso comparecer, no le fue permitido y, sin embargo, los propios operadores sostienen que está ‘prófugo’. Insólito”, agregan los hijos de Fernández.