Se desarrolló ayer la penúltima audiencia en el juicio de apelación del caso del Plan Cóndor en Roma. El fallo de primera instancia se remonta a enero de 2017, cuando fueron condenados ocho de los 33 imputados. Entre los absueltos hubo 13 uruguayos.
Este proceso, que empezó en 1999 a partir de una denuncia de cinco mujeres familiares de víctimas de origen italiano, apunta a juzgar a los responsables de 42 casos de desaparición forzada en el marco del Plan Cóndor, la coordinación represiva de las dictaduras de la región. En esta segunda instancia, debido a que algunos de los acusados murieron, son 27 los represores de Perú, Chile, Bolivia y Uruguay para los cuales se espera el fallo del 8 de julio.
A lo largo de la audiencia de ayer se pudo oír a los abogados de los denunciantes y a la defensa de los imputados presentar sus alegatos finales. Las responsabilidades de Jorge Néstor Tróccoli fueron el centro de todas las intervenciones de los abogados que representan a los denunciantes.
La abogada Alessia Liistro, representante de la uruguaya Célica Gómez y el argentino Luis Stamponi, dijo que al tribunal de primera instancia le faltó valentía porque “a pesar de haber reconocido la existencia del Plan Cóndor y de establecido el plan de aniquilación de los opositores, sólo reconoció la responsabilidad de los altos cargos y no de los mandos intermedios por falta de pruebas en los homicidios individuales”.
Liistro destacó la importancia de las nuevas pruebas presentadas durante el juicio de segunda instancia. En cuanto al primer proceso y su sentencia, recordó el testimonio de Mirtha Guianze en la audiencia del 20 de octubre de 2015, cuando la fiscal uruguaya atribuyó a la Armada la responsabilidad de la lucha contra la subversión y delineó el papel del Cuerpo de Fusileros Navales (Fusna) y del S2, su servicio de inteligencia, en las decisiones sobre el destino de los detenidos. También recordó la decisión de absolver a Ricardo Chávez Domínguez porque, se lee en los fundamentos, “trabajaba en la parte logística y no en el S2”. Siguiendo ese razonamiento, dijo Liistro, quien trabajaba en el S2 tenía responsabilidad en las muertes y desapariciones.
El abogado Arturo Salerni, abogado de la querella civil para los casos de Juan Pablo Recagno, Miguel Río Casas, Alfredo Moyano (Uruguay), Juan Montiglio, la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Chile), Luis Stamponi, Horacio Campiglia (Argentina) y la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Mártires por la Liberación Nacional (Bolivia) ha resaltado el entretejido de los eventos personales y el drama histórico. “La importancia de la sentencia de primera instancia es la de haber reconstruido una historia compleja, haber establecido la existencia del Plan Cóndor, haber descrito cómo nació y cómo se movió, qué lo caracterizó”, dijo. “Pero se tiene que seguir adelante y atribuir las responsabilidades a través de las pruebas que, de manera sustanciosa, fueron aportadas en ese juicio”, agregó.
Mario Angelelli, parte civil para los casos de Gerardo Gatti, Aída Sanz (Uruguay) y Jaime Donato (Chile), subrayó el esfuerzo “impresionante” que se hizo para la recopilación de las pruebas, y entre ellas las decenas de testimonios que “representan un emblema de la tensión que ha atravesado ese juicio”. Angelelli quiso recordar también a los denunciantes civiles que tuvieron que salir del juicio debido a la muerte de los imputados, y en especial a María Bellizzi, “gran trabajadora por la memoria que hizo de esa historia la historia de su vida”.
En su exposición, la abogada Alicia Mejía afirmó: “La sentencia de primera instancia reconstruyó la historia de un continente, pero el propósito del proceso no fue este. Debemos reconstruir si la muerte de las víctimas se debe al comportamiento arbitrario y abusivo de uno o más sujetos”. Mejía recordó la especificidad de ese juicio en el cual “el Estado, que debería proteger a los ciudadanos, en las circunstancias que estamos examinando se volvió en represor: ese es terrorismo de Estado”.
Propuso a la corte una lectura conjunta de los hechos entrelazando el propósito de la coordinación represiva, o sea la eliminación de los opositores, la tortura destinada a robar información y también al aniquilamiento psicológico, la desaparición como elaboración científica. Entre los muchos ejemplos de responsabilidad individual de Tróccoli, Mejía destacó que ya en 1977 no era un cuadro intermedio de la Marina uruguaya sino un oficial del Estado Mayor de la Armada, un miembro del S2 del Fusna y un oficial de enlace con la Escuela de Mecánica de la Armada (Esma).
En la tarde empezó la exposición de los defensores de los imputados. Riccardo Milani, defensor de los uruguayos Juan Carlos Blanco y Ricardo Arab y de los peruanos Francisco Morales Bermúdez, Germán Ruiz Figueroa, Martín Martínez Garay quiso destacar que en el juicio penal no se busca la verdad, sino la responsabilidad individual del imputado. Afirmó que la sentencia de la Esma del Tribunal de Roma de 2001, confirmada por la Corte Suprema, que a menudo fue citada por los abogados de la parte civil y por la Fiscalía, no puede ser utilizada para los casos que se juzgan en este proceso. Dijo también que hacer un juicio que involucra a los países del Plan Cóndor sin juzgar el papel y las responsabilidades de Estados Unidos no tiene sentido, y añadió que el gobierno italiano, que ahora es querellante en este juicio, en la época de los hechos no siempre protegió y ayudó a esos ciudadanos.
Por razones internas de la Fiscalía de Roma, la fiscal Tiziana Cugini, que acompañó este juicio desde 2015, no participará más en el proceso. Durante un año, Cugini trabajará en el Ministerio de Justicia, en las comisiones encargadas de examinar a los fiscales. Por su parte, el ministro consejero de la embajada de Uruguay en Roma, Juan Pablo Wallace, estuvo presente en la audiencia de ayer en Roma. La próxima, que será la última antes del fallo, está prevista para el viernes 28.