El 17 de diciembre, el periodista del diario El País Sebastián Cabrera recibió una llamada de la Seccional 11 de Piriápolis. Le comunicaron que debía declarar en esa seccional porque se había presentado una denuncia en su contra por difamación, a raíz de una nota periodística sobre Richard Tesore, fundador de la ONG SOS Rescate Fauna Marina, publicada en el medio en el que trabaja, según relató el periodista en una nota publicada en El País.

El 29 de diciembre, dos agentes policiales de la seccional segunda de Montevideo se presentaron en el diario buscando a Cabrera. Como no lo encontraron, dejaron un número telefónico para que los llamara. Más tarde volvieron a presentarse, acompañados por un sargento, y dejaron una citación con el membrete de la Dirección de Investigaciones, citando al periodista a declarar a la comisaría, “bajo el artículo 61 CPP (Código del Proceso Penal) a fin de tramitar evento por difamación”. Este artículo establece que “la autoridad administrativa podrá interrogar autónomamente al indagado informándole previamente de sus derechos, a los efectos de constatar su identidad y para realizar averiguaciones, investigar, obtener evidencias y aclarar el presunto delito”.

Cabrera declaró en la comisaría durante una hora sobre el contenido de la nota, y en más de una ocasión el periodista debió aclarar que las acusaciones y denuncias vertidas en la nota contra Tesore no las formuló él, sino vecinos de Punta Colorada.

Consultado por el propio periodista y tras informarse sobre el caso, el ministro del Interior, Carlos Negro, dijo que la citación se hizo en el marco del artículo 61 del CPP, que faculta a la Policía a tomar declaraciones; esto “es habitual en cualquier denuncia” y está “dentro del marco legal”, declaró Negro a El País. De todos modos, afirmó que cuando era fiscal siempre fue “contrario a tramitar denuncias por difamación contra periodistas, salvo real malicia manifiesta”. “Pero ese es otro cantar y la Policía no tiene ese poder de decisión”, comentó.

Cainfo: “Va en contra de los estándares internacionales sobre libertad de expresión”

Este lunes, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (Cainfo) emitió un comunicado en el que expresó su “preocupación” por la citación policial a Cabrera. “Citar a un periodista a una dependencia policial para declarar por el contenido de una nota periodística va en contra de los estándares internacionales sobre libertad de expresión, desarrollados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que establecen que las sanciones penales –y, en general, las intervenciones estatales de carácter coercitivo– frente a expresiones periodísticas sólo pueden justificarse en situaciones excepcionales, como cuando se prueba la existencia de real malicia”, indicó la organización.

Advirtió que este tipo de prácticas “desconocen el marco normativo vigente en Uruguay”. Mencionó en particular la Ley 18.515, que establece que la interpretación y aplicación de las normas debe ser conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “Este marco obliga a extremar las garantías cuando están en juego expresiones vinculadas a asuntos de interés público y al ejercicio del periodismo”, añadió.

Cainfo evaluó que acciones como la citación a un periodista a una comisaría por una nota “pueden generar un efecto inhibitorio sobre el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión”, así como “fomentar la autocensura y afectar el rol fundamental de la prensa en una sociedad democrática”.

Matías Jackson, abogado especializado en libertad de expresión, comentó a la diaria que “no es común” y “llama la atención” que se cite a un periodista a una comisaría sin pasar por Fiscalía. Aunque acotó que “no es ilegal”, porque la Policía “tiene la discrecionalidad de citar” a las personas a declarar “sin dar cuenta al fiscal”, evaluó que va en contra de los estándares de la CIDH, que señala que las sanciones penales contra los periodistas no deberían existir, salvo en los casos en que se pruebe “real malicia”. Este estándar no fue tenido en cuenta por la Policía al realizar la citación en este caso, y además la nota tiene un “claro interés público”, apuntó Jackson.

Por su parte, el diputado del Partido Colorado Felipe Schipani presentó un pedido de informes al Ministerio del Interior por este caso, “para que explique por qué la Policía citó e interrogó a un periodista en una comisaría por el contenido de una nota periodística”. “No se trata del fondo de la denuncia, sino de la forma del procedimiento, que resulta llamativa y merece una explicación clara”, explicó el legislador.

En el pedido de informes, Schipani pregunta “cuál fue el fundamento jurídico y operativo que llevó a la Policía a intervenir de ese modo, en lugar de tramitar el asunto por las vías ordinarias ante la Fiscalía o el Poder Judicial”, y “qué criterios institucionales maneja el Ministerio del Interior para actuaciones policiales que involucran a periodistas o a contenidos periodísticos, y si existen protocolos o directivas específicas destinadas a resguardar la libertad de prensa y evitar efectos intimidatorios”, entre otras interrogantes.