El 22 de abril, luego del segundo Consejo de Ministros convocado por el presidente Yamandú Orsi, el prosecretario de la Presidencia, Jorge Díaz, anunció que se estaba trabajando en modificaciones de la Ley de Lavado de Activos. En ese momento, puntualizó que los cambios serían remitidos al Parlamento en los primeros días de mayo; sin embargo, partieron hacia el Legislativo el jueves. Según detalló Díaz, detrás de la concreción de esta iniciativa trabajó la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
Más allá de modificar la actual legislación en materia de lavado de activos, la propuesta busca adecuar sus disposiciones al nuevo Código del Proceso Penal, que entró en vigencia en noviembre de 2017. A su vez, según recoge la exposición de motivos, se pone sobre la mesa la actualización de los delitos precedentes, con la incorporación del delito ambiental y variantes relativas a ciberdelitos y el fraude financiero. La nueva redacción reconoce “nuevas modalidades operativas” que expanden “el abanico de acciones susceptibles de generar lavado de activos”.
El martes, Díaz adelantó a la diaria Radio que entre las principales modificaciones propuestas está la eliminación de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos y la modificación del tope para pagos en efectivo. El prosecretario de Presidencia subrayó que este cambio tiene que ver con que existe “una visión bastante crítica” sobre el funcionamiento de esa fiscalía, tanto por parte de la fiscal de Corte subrogante, Mónica Ferrero, como del Ministerio del Interior y de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft).
Díaz comentó que lo que se hará será “transformar” esa Fiscalía y “redistribuir la competencia en materia de investigación de lavado dentro de las diferentes fiscalías”. Debe tenerse en cuenta que esta unidad, tal como está la actual legislación, es competente para la “investigación y juzgamiento de los delitos precedentes” cuando el monto de estos supere las 1.200.000 unidades indexadas (alrededor de 180.000 dólares).
Creada con el objetivo de que se investigaran más casos de lavado de activos y se obtuvieran mayores condenas por este delito, el proyecto de ley subraya que “no se han obtenido los resultados esperados” y por tanto se buscará ir hacia un “subsistema represivo de mayor efectividad”. En concreto, lo que se pretende es que sean los fiscales que investigan los delitos precedentes (por ejemplo, el narcotráfico) quienes “investiguen el delito de lavado de activos en forma paralela”.
Esta propuesta del Ejecutivo es vista con buenos ojos desde la oposición, concretamente por el senador y secretario general del Partido Colorado (PC) Andrés Ojeda. En diálogo con la diaria Radio el miércoles, el legislador opinó que es un “acierto” la eliminación de las fiscalías de Lavado de Activos, porque en la actualidad “quedan muy atadas” al trabajo de otras.
Esta visión, sin embargo, no es compartida por Gabriel Tenenbaum, sociólogo especialista en crimen organizado. Según explicó a la diaria, su primera diferencia surge porque las distintas fiscalías especializadas actualmente ya tienen la “obligación” de una investigación “paralela” del lavado de activos. En ese sentido, recordó que el trabajo recae en la de Lavado de Activos sólo cuando el monto del delito alcanza la cifra establecida (1.200.000 UI).
Con relación al argumento del Ejecutivo, Tenenbaum reconoció que puede haber fiscales que no asuman la investigación por lavado, aunque subrayó que le “consta” que hay otros que sí lo hacen y cuando derivan la investigación a la Fiscalía Especializada de Lavado “se encuentran con una suerte de pared” para que avance. El sociólogo remarcó que el problema parece estar “no tanto con el diseño institucional” sino en el propio “funcionamiento” que tiene el Ministerio Público.
A su vez, el especialista aseguró que cuando se “quiere tener una persecución criminal intensa” hacia un delito, la eliminación de una fiscalía especializada significa la pérdida de una herramienta. “Daría una oportunidad a conformar [la Fiscalía de Lavado de Activos] con personas idóneas, con voluntad de persecución de este tipo de delitos, a ver qué pasa”, planteó Tenenbaum.
La discusión por el monto en efectivo
El otro anuncio de Díaz en la diaria Radio tuvo que ver con una sustancial baja en el tope de transacciones en efectivo que buscará fijar la iniciativa. “Nosotros creemos que se había aflojado la cincha en muchos aspectos en el gobierno anterior”, sostuvo el prosecretario. En ese sentido, fue la ley de urgente consideración la que llevó el monto máximo de transacciones a 1.000.000 UI (hoy aproximadamente 150.000 dólares). Ahora, este nuevo proyecto busca ubicarlo en 270.000 Ul (aproximadamente 40.000 dólares).
En este caso, Ojeda marcó su discrepancia y subrayó que este planteo tiene detrás “un error conceptual grande sobre quién y cómo hace los controles”. El senador señaló que el tope de los pagos en efectivo “no es una medida de control de lavado”, sino “una medida de bancarización lisa y llana” que implica trasladar “la responsabilidad del control a los bancos”. “Como el Estado a veces tiene muchos problemas” para perseguir el lavado y “no quiere asumir su propia inoperancia”, responsabiliza a otros actores, opinó el legislador colorado sobre el proyecto de ley.
Tenenbaum consideró que este cambio era “una demanda de los actores especializados”. Sin embargo, indicó que los “criterios” para fijar los topes para las transacciones en efectivo son “arbitrarios” y deben surgir de “ciertos equilibrios”. Explicó que el desafío está en determinar un monto que permita “prevenir, controlar, vigilar y castigar este tipo de delitos, sin ahuyentar capital lícito”.
“Nadie puede decir si 40.000 dólares es una cifra adecuada o no, porque siempre se puede ser más estricto, entonces me parece que es una cifra que es consecuencia de los diálogos que se dieron entre los actores que están en juego, actores privados y del Estado”, analizó el sociólogo.
Más sujetos obligados
El proyecto de ley plantea otros cambios a tener en cuenta. Por ejemplo, se pone sobre la mesa la redefinición de la integración de la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo: se establece al prosecretario de la Presidencia como su presidente –actualmente puede ser cualquier integrante de Presidencia designado por el presidente– y se integra –además de las jerarquías que conforman el órgano– al fiscal de Corte, al procurador general de la Nación y al director de la Secretaría de Inteligencia del Estado.
También se propone la incorporación en la nómina de sujetos obligados supervisados por la Senaclaft a los fiduciarios no financieros. Al no estar bajo la regulación del Banco Central del Uruguay, se establecería sobre el fiduciario la necesidad de que tenga que determinar el origen de los fondos de quien es fideicomitente. Dentro de esta lógica quedan comprendidos, por ejemplo, los fondos ganaderos.